¿Llevas mucho tiempo pagando tu tarjeta revolving pero tu deuda no baja? ¿La mayor parte de lo que pagas son intereses?
¡Ponle fin a esta situación! Acaba ya con tu tarjeta revolving y recuperar todas las cantidades pagadas en concepto de intereses y comisiones confiando en Beatriz Arias, abogada especializada en reclamaciones de tarjetas revolving
Pero…
¿Qué es una tarjeta revolving?
Es un crédito del que puedes disponer hasta el límite concedido, sin tener que pagar la totalidad en un plazo concreto, sino que el crédito dispuesto se reembolsa de forma aplazada, sin una duración determinada, mediante el pago de cuotas periódicas cuyo importe puede consistir en una cantidad fija o en un porcentaje de la cantidad dispuesta, siendo habitual que la entidad financiera fije una cantidad o un porcentaje bajo, lo que alarga significativamente el plazo de amortización y supone la generación de una gran cantidad de intereses.
El límite del crédito disminuye según se dispone de él, y, a su vez, el crédito disponible se repone con la parte de las cuotas destinada a la amortización del capital. Por tanto, el crédito se renueva de manera automática en el vencimiento de cada cuota, por lo que es un crédito revolvente, equiparable a una línea de crédito permanente.
¿Qué se puede reclamar en tarjetas revolving? ¿Cuáles son las causas?
Para reclamar tarjetas revolving se puede solicitar la nulidad tanto de la cláusula referente al interés, como de las comisiones por reclamación de impago.
En cuanto a la cláusula referente al interés, ha de partirse de la base de que, cuando esté incorporada a contratos celebrados con consumidores, es susceptible de ser sometida tanto al control de inclusión/incorporación, como al control de transparencia.
Por tanto, ha de comprobarse si la entidad bancaria proporcionó al consumidor, con carácter previo a la contratación, la información que le permitiera comprender el funcionamiento del crédito revolving y la carga económica que le iba a suponer.
Una vez determinada la falta de transparencia de la cláusula, ha de valorarse si es abusiva.
Todo ello, conforme a los parámetros establecidos por las recientes Sentencias del Tribunal Supremo nº 154/2025 y nº 155/2025, ambas de 30 de enero.
Y en cuanto a las comisiones por reclamación de impago, la Sentencia del Tribunal Supremo nº 566/2019, de 25 de octubre, la declara nula por abusiva por cuanto no se corresponde con un efectivo coste para la entidad financiera.
¿Qué beneficio puedo conseguir al reclamar las tarjetas revolving?
La devolución de todas las cantidades pagadas, pues, en concepto de intereses y comisiones.
Ponte en contacto con Mi Derecho Bancario, abogados expertos en reclamaciones de tarjetas revolving, y te acompañaremos paso a paso.